ATN MARS LT 160 4-8x
1.099,00 € IVA Incluido
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Descripción
ATN Mars LT (Lite) está diseñado para cazadores que buscan un visor térmico sencillo, pero ofrece
todo lo que necesita un cazador para terminar con éxito sus jornadas de caza. El Mars LT
incorpora un sensor de 12 μm en las versiones con el sensor de 320×240 px y asegura una calidad
de imagen muy vistosa.
Los ATN Mars LT incorporan el procesador ATN Obsidian Core LT de dos núcleos que garantiza un
rendimiento estable y un bajo consumo de batería (hasta 10 horas).
Se puede elegir entre 2 paletas preestablecidos (blanco y negro) y tres retículas.
La serie Mars LT está disponible en 2 tipos de sensores y 6 magnificaciones:
160 x 120 px/17 μm 60 Hz
3-6x 4-8x
320×240 px/12 μm 60 Hz
2-4x 3-6x 4-8x 5-10x
INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LA VENTA DE VISORES Y ACOPLES NOCTURNOS Y TÉRMICOS.
A partir del año 2021, con la finalidad de hacer frente a los daños ocasionados por la sobreabundancia de suidos,
algunas Comunidades Autónomas han permitido la caza nocturna haciendo uso de visores térmicos y nocturnos para
armas de fuego, al amparo de las excepciones que se contemplan en el artículo 61.1 de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
La distribución y comercialización de los visores nocturnos y térmicos para armas de fuego se realizará exclusivamente
en los establecimientos de venta recogidos en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de
29 de enero, y modificado por el Real Decreto 976/2011, de 8 de julio, es decir, en las armerías y los establecimientos
de venta de artículos deportivos y otros establecimientos comerciales de conformidad con el artículo 56 del
Reglamento de Armas.
Sólo se permite la venta de los visores nocturnos y térmicos para armas de fuego a las personas que acrediten poseer
licencia de armas “D” para armas de caza mayor, las ventas deben notificarse a la Intervención de Armas y Explosivos
indicando el nombre, apellidos y D.N.I. del comprador, y la marca, modelo y número de serie del visor.
Se informará a los compradores de la necesidad de una resolución administrativa o autorización extraordinaria del
órgano de la Comunidad Autónoma competente que le permita el uso de los visores nocturnos o térmicos adaptables
a armas de fuego, o bien, un permiso nominal que le conceda el titular del espacio cinegético. Cuando el visor no se
esté portando o usando en las anteriores condiciones, deberá estar guardado en el domicilio.